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Gracias a Federación Andaluza de Caza por facilitarnos una copia de este reglamento.
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INTRODUCCIÓNLa sensibilidad que la sociedad de hoy presenta respecto a la actividad cinegética, las nuevas formas de cazar a que condicionan las actuales normas reguladoras de la caza y los inconvenientes detectados a lo largo de estos años de vigencia del Reglamento anterior de Caza Menor con Perro, han aconsejado la elaboración de un nuevo reglamento para la actividad competitiva de mayor enjundia de las que regula la Federación Española de Caza. Este nuevo Reglamento potencia la figura del cazador que caza mejor y de forma proporcionada. El Comité de Competiciones de la Federación Española de Caza ha concebido, partiendo de aquellos criterios, el Reglamento adjunto donde se regulan los distintos niveles del Campeonato de España a través de seis capítulos que se desarrollan en dieciocho artículos, además de una cláusula derogativa y un anexo con la ficha de evaluación de la prueba, el modelo de acta y la representación en color de las especies objeto de este campeonato. Para adaptar el desarrollo de esta competición a las características cambiantes de cada año, la Comisión de Caza Menor con Perro publicará antes del 1.0 de octubre las particularidades que afecten esa temporada al campeonato. Los dos primeros capítulos se refieren al objeto del campeonato y definen los niveles de las pruebas desde el social al Campeonato de España. El capítulo III detalla las exigencias de participación del cazador y del perro reservándose el capítulo IV para definir los terrenos de las pruebas, armas y municiones. La singularidad para estas últimas, es que se limitan a un máximo de 30 cartuchos, que va más acorde con la caza ordenada y limitada que se practica hoy, que un número de cartuchos a discreción como autorizaba el reglamento anterior que propiciaba muchos disparos fuera de tiro 'por si cae' y conseguía muchas bajas de especies heridas y no aprovechadas. La reducción de cartuchos simplifica la duración del Campeonato, sin que esto suponga una disminución del esfuerzo de los competidores dado que dosificarán el total de sus energías para consumirlas ahora en 6 horas en lugar de las 7 anteriores. Será, sin duda, una competición con mayor ritmo. En el Reglamento provisional, habíamos introducido nuevas especies de las denominadas contracaza tal como: zorro, urraca y grajilla. Pensábamos que la acción de cazar no debe dirigirse en exclusiva sobre especies de cazuela, porque en ese caso, nuestra actuación seria negativa hacia el presunto equilibrio que deben mantener los cotos respecto a cazacontracaza. La disminución de caza tras un campeonato, si no lleva pareja la de contracaza, queda el mismo número de predadores y animales dañinos anterior, actuando ahora sobre menor número de especies y por tanto, con mayor incidencia. La Asamblea General ha considerado no contemplar a urraca y grajilla, por entender que no tienen dignidad como especies para ser objeto de competición, y se han eliminado de este Reglamento definitivo. Entre las 15 especies puntuables y susceptibles de ser cazadas en estas pruebas, se limita la percha para dos de ellas: Liebre con dos capturas y perdiz con quince. El resto de especies no tiene limitación. Limitar la liebre se hace sobre la base de un sentimiento generalizado entre cazadores de escopeta de dejar la mayoría de las liebres de los cotos a los cazadores de galgo, por tratarse además de un tiro y captura normalmente muy sencillo. En el Reglamento provisional habíamos limitado el cupo de perdiz hasta 8, por entender que era una percha perdicera suficiente para 6 horas de caza y las densidades que se dan en la mayoría de los cotos. Considerábamos que ofrece mejor imagen una percha con un número reducido de perdices que con una cantidad ilimitada. La Asamblea General ha limitado hasta 15 la percha por considerar que en alguna región, un cupo de 8 perdices puede hacerse en muy poco tiempo y ésto, desdibujaría el campeonato. En este IV capítulo se dan normas e instrucciones para la organización y desarrollo de las pruebas. El capítulo V se dedica exclusivamente a los criterios de puntuación del campeonato. Las piezas tradicionales se han valorado respectivamente de forma similar a la contemplada en el Reglamento anterior y entre las especies introducidas se valora con máxima puntuación a zorro y ánsar por la dificultad de su caza o peso de transporte y con mínima a codorniz y zurita. Como novedad se bonifica los dobletes y se penaliza no cobrar una pieza abatida, muerta o herida. Se propuso a la Asamblea y lo aprobó, la bonificación por capturas de especies por el perro que ahora se contempla en este Reglamento definitivo, así como, no considerar penalización para los disparos fallados. El capítulo VI introduce una figura que es clave en el desarrollo del campeonato; la de Juez de Campo titulado, cuyas virtudes y condiciones deben suponerse en la misma magnitud que al resto de jueces de otras modalidades. El carnet de titulado para enjuiciar esta actividad producirá una respuesta totalmente "profesional" en estos jueces como ocurre con los de San Huberto, Palomas o Recorridos. La figura del anterior reglamento de "Juez por un día", era más proclive a compartir la aventura del campeonato con el cazador de turno, que a impartir justicia reglamentada. Otra nueva figura es la del Jurado Técnico, que se compondrá normalmente por biólogos, veterinarios, cazadores de reconocido prestigio, expertos en caza, etc. y cuya misión es comprobar el salvajismo y la autenticidad de las piezas cazadas. En este capitulo VI se contempla también la composición y funciones del Jurado de la Competición como órgano de máxima autoridad de la prueba y único competente para resolver cualquier incidencia. Resumiendo, hemos intentado elaborar un Reglamento que propicie un campeonato de caza más ajustado a la realidad cinegética actual, que premie "al que mejor", no "al que más" y estipule a cuantos se preparen para competir; a la caza de esas otras especies que normalmente no combatimos con la perseverancia que requiere la fuerte expansión de ellos, en un momento muy delicado para el resto de la fauna cinegética. Tal y como estaba previsto y prometido se ha escuchado y contrastado todas las opiniones que han llegado a la Junta Directiva. Finalmente, han sido depuradas en el seno de la Asamblea General con un debate totalmente participativo y democrático que asegura la legalidad de este Reglamento. Este Reglamento ha sido aprobado y elevado a definitivo por la Asamblea General de la Federación Española de Caza del diecinueve de abril de mil novecientos noventa y uno. Corresponde ahora su cumplimiento por todos a los que va dirigido. EL PRESIDENTE DEL COMITE | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CAPÍTULO I: GENERALIDADES | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
CAPÍTULO II: NIVELES DE LAS PRUEBAS
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CAPÍTULO III: BASES Y REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN
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CAPÍTULO IV: CARACTERÍSTICAS DE LAS PRUEBAS
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CAPÍTULO V: CRITERIOS DE PUNTUACIÓN Y CLASIFICACIÓN
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CAPÍTULO VI: JUECES Y JURADOS DE COMPETICIÓN
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CLÁUSULA DEROGATIVAQueda derogado el anterior Reglamento de Caza Menor con Perro y todas las normas reguladoras del mismo editadas en fecha anterior a la aprobación de este Reglamento por la Asamblea General de la Federación Española de Caza. | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
DILIGENCIA DE APROBACIÓNEl presente Reglamento ha sido aprobado por la Asamblea General de la Federación Española de Caza, en sesión celebra-da en Madrid, a diez y nueve de abril de mil novecientos no-venta y uno. Lo que como Secretario General de esta Federación Española de Caza, certifico.
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